Aplazamiento de deudas de la Seguridad Social

En este artículo vamos a explicarte cómo aplazar las deudas que tengas con la Seguridad Social. Conoce cuándo puedes solicitar el aplazamiento de las deudas, cómo hacerlo y qué intereses genera hacer esto.

Aplazar el pago de deudas de la Seguridad Social es posible

A día de hoy, muchos autónomos y pequeños empresarios tienen problemas de liquidez. Esto hace que se encuentren en serios problemas a la hora de pagar sus deudas, como es el caso de la cuota de la Seguridad Social.

Si este es tu caso, puedes solicitar el aplazamiento de las cuotas. Estas cuotas pueden ser tanto de deudas futuras como acumuladas. Con este aplazamiento, seguirás estando al corriente de pago de las deudas de la Seguridad Social. Tan solo habrás acordado pagar esas deudas en un plazo posterior a la fecha reglamentaria, por lo que no se te aplicarán grandes intereses por impagos.

El aplazamiento de las deudas con la Seguridad Social puede solicitarlo cualquier autónomo que tribute por IRPF o Impuesto de Sociedades. También puede solicitarse el aplazamiento del pago de los recargos impuestos por el retraso en el pago de cuotas anteriores.

Siempre deberá solicitar el aplazamiento el sujeto responsable del pago de la deuda.

¿Cuándo solicitar el aplazamiento a la Seguridad Social?

El aplazamiento del pago de deudas de la Seguridad Social puede solicitarse desde el mismo día en que haya expirado el plazo reglamentario para el pago. Será entonces cuando se iniciará el periodo de recaudación voluntaria, donde se puede solicitar este aplazamiento.

También puede solicitarse el aplazamiento de las deudas antes de la fecha límite del plazo reglamentario si prevés que no vas a poder pagar.

Si este plazo de recaudación voluntaria termina, empieza el segundo periodo. Este periodo es el llamado periodo ejecutivo, donde pueden embargarte alguno de los bienes. No obstante, hasta que no te comuniquen esto, normalmente estarás a tiempo de solicitar el aplazamiento del pago de las deudas. Lo más recomendable es que te acerques a una de las oficinas de la Seguridad Social y preguntes si estás a tiempo de solicitar el aplazamiento.

¿Cuánto tiempo tengo para pagar la deuda?

Si la Seguridad Social acepta el aplazamiento de tus deudas, el tiempo del pago y las cuotas estarán especificadas en el cuadro de amortización que se te entregará. A parte de esto, existe un límite de 5 años para pagar estas deudas.

Cabe señalar que existen dos tipos de deudas que no pueden ser aplazadas:

  • La cuota por accidentes profesionales y enfermedades de trabajo.
  • La cuota obrera, es decir, las aportaciones de los asalariados que tengas a tu cargo.

¿Qué intereses implica aplazar una deuda?

Para deudas superiores a 30.000€ se requerirá un aval formalizado por una entidad bancaria o similares. En estos casos, el interés aplicable será el interés legal del dinero.

Si el aplazamiento se solicita sin garantías, se aplica el interés de demora.

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    ¿Cómo solicitar el aplazamiento de las deudas con la Seguridad Social?

    El aplazamiento de estas deudas puede solicitarse en las oficinas de la Seguridad Social o en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de tu provincia, entre otros. No obstante, no hace falta que lo hagas de forma presencial, ya que también puedes hacerlo vía telemática mediante la Sede Electrónica de la Seguridad Social.

    Para solicitar el aplazamiento de las deudas de Seguridad Social deberás presentar el modelo TC 17/10debidamente rellenado, además de anexar la documentación que se considere importante para la aceptación de la solicitud. En este modelo se expondrán las circunstancias que motivan la solicitud y el periodo de aplazamiento que se propone, además de diferenciar entre la deuda aplazable e inaplazable.

    La administración te solicitará una documentación u otra dependiendo de la complejidad del caso. Normalmente se entrega el modelo TC 17/10 y un documento que certifique la deuda inaplazable que se liquida y la deuda que se quiere posponer. A estos documentos es aconsejable sumar otros documentos que demuestren la necesidad de pedir el aplazamiento.

    Desde que se solicita el aplazamiento de las deudas, la Seguridad Social tendrá un plazo máximo de 3 meses para resolver el aplazamiento. En esta resolución se indicará la cuantía de deuda aplazada, el periodo de aplazamiento, la amortización concedida, etc.

    Aceptación o denegación del aplazamiento

    Normalmente, serán denegadas aquellas solicitudes de aplazamiento que no superen el doble del salario mínimo interprofesional vigente. También serán denegadas aquellas solicitudes que superen los 30.000€ de deuda y no se aseguren mediante garantía.

    Si se te concede el aplazamiento pero no pagas las cuotas inaplazables en menos de un mes respecto a la fecha de resolución de solicitud, se concebirá como un incumplimiento del aplazamiento.

    Por último, también se denegará el aplazamiento cuando existan reiterados incumplimientos de aplazamientos anteriormente concedidos.

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