Si el banco te otorga un préstamo de algún tipo, significa que el banco es tu acreedor. Es decir, alguien con quien tienes una obligación de pago. Un acreedor es aquella entidad o persona que tiene el derecho legítimo de reclamarte algo, normalmente el pago de una deuda. Hemos puesto el ejemplo de un banco, pero también puede ser una institución pública, como Hacienda, o una persona física. En la siguiente entrada vamos a explicarte cuáles son los derechos y obligaciones del acreedor.
Derecho básico del acreedor
El principal derecho del acreedor es ser titular de un derecho de crédito. Esto significa que el acreedor con el que hemos contraído una deuda tiene derecho a exigirnos el pago de la deuda. Lo más común es que esta deuda que hemos contraído haya venido acompañada de la firma de un contrato, donde se marcan los plazos de pago y las cuotas a pagar.
En esta relación jurídica que se crea entre deudor y acreedor, se considera que el acreedor es el sujeto activo. Este sujeto activo puede requerir el cumplimiento de la obligación del deudor. Normalmente hablamos de obligación de pago, pero también puede ser obligación de prestación de un servicio o de dejar de hacer una acción.
Si el deudor no cumpliera con su obligación de pago de forma voluntaria, el acreedor tendrá derecho a reclamar el pago de la deuda de forma judicial. Esto, generalmente, se lleva a cabo mediante un juicio monitorio en el que se le da al deudor un plazo de 20 días para pagar. En caso contrario, se embargan los bienes necesarios para saldar la deuda.
Tipos de acreedores
Existen muchos tipos de acreedores, así como existen muchos tipos de deudas. En cualquier caso, podemos diferenciar entre:
- Acreedores personales: cuando no existe ningún documento que justifique la deuda. Es el caso, por ejemplo, cuando nos presta dinero un amigo o familiar. Esta deuda sigue siendo ejecutable pero legalmente la obligación de pago no existe y, por lo tanto, difícilmente se podrá efectuar algún tipo de acción legal contra el deudor.
- Acreedores reales: cuando existe algún documento que justifique la deuda. Nace una relación jurídica entre el deudor y el acreedor mediante un contrato legal. En este contrato se establecen los plazos de pago y el derecho a reclamar el dinero.
También pueden clasificarse en función de la prioridad de cobro (privilegiado, ordinario y subordinado), o en función de la garantía que tenga el crédito.
En función del tipo de préstamo, derivan un conjunto de obligaciones y derechos específicos por parte del acreedor. La mayoría de estas obligaciones y derechos están reflejados en los contratos que se firman al otorgar el préstamo, que a su vez tienen que estar respaldados por la legislación española. A modo de ejemplo, vamos a explicar los derechos y obligaciones de algunos de los créditos que existen en nuestro país.
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Acreedor hipotecario
El acreedor hipotecario es aquel que presta un crédito a cambio de una garantía hipotecaria. Es decir, que en caso de que el deudor no pueda pagar las cuotas, el acreedor podrá quedarse el bien hipotecado.
Este es uno de los acreedores más comunes, ya que va dirigido a la adquisición de viviendas y otros bienes inmuebles.
La cantidad de dinero que seda en este tipo de créditos siempre dependerá del valor que tenga el bien inmueble que se quiera adquirir: después de tasar la vivienda, el máximo crédito que se podrá dar será ese mismo valor de tasación de la vivienda, nunca una cantidad superior al precio tasado del bien inmueble.
Por eso es importante conocer adecuadamente el valor del bien inmueble y prever si más adelante este bien inmueble podría bajar de valor en el mercado. Ya que, si el banco nos embarga la vivienda, y esta tiene ahora un valor inferior, no se habrá satisfecho la totalidad de la deuda, y el deudor continuará debiendo dinero.
El acreedor hipotecario tiene los siguientes derechos:
- Pedir que el inmueble hipotecado sea vendido en subasta pública cuando el deudor no haga frente a sus gastos. Lo que se denomina como ejecución de los bienes hipotecados.
- Pedir que se le adjudique el bien hipotecado hasta la concurrencia de su crédito.
- Perseguir el bien hipotecado sea quien sea que lo posea.
- Solicitar que el bien hipotecado pase a manos de un administrador judicial si el bien inmueble sufre deterioro a causa del deudor.
- Acudir al procedimiento judicial hipotecario o al procedimiento ejecutivo. O reclamar la deuda a través del procedimiento ordinario.
Acreedor pignoraticio
El acreedor pignoraticio es aquel que presta un crédito a cambio de un objeto como garantía. Es decir, para acceder a este tipo de créditos, el deudor debe entregar en custodia un bien inmueble como garantía. Estos préstamos son otorgados por entidades micro-financieras como cajas de ahorro.
Por esta razón, para este tipo de créditos, el acreedor no exigirá una buena situación financiera del deudor, sino el aval de un objeto que tenga un determinado valor. Por esta razón, algunas personas recurren a estas entidades cuando tienen un mal historial crediticio y el banco les deniega otro tipo de préstamos. Estos bienes pasarán por una tasación para estimar su valor de mercado. En pocas palabras, son préstamos que siguen la lógica de una casa de empeños.
Si el deudor devuelve el dinero acordado en el plazo correspondiente, recupera el objeto. En caso de impago, el acreedor tiene derecho a vender o subastar el objeto usado como garantía.
Los derechos del acreedor pignoraticio se regulan en el Código Civil español, y son los siguientes:
- Retener el objeto en su poder hasta que el deudor pague el crédito.
- Ejercitar acciones reales sobre el objeto.
- Abonar los gastos surgidos de la conservación del objeto.
- Vender o subastar el objeto si el deudor incumple con la obligación de pago.
- Cobrar de forma preferente sobre otros acreedores del deudor el precio del objeto cedido.
Por otro lado, el acreedor pignoraticio también tiene unas obligaciones:
- Devolver el objeto al deudor cuando haya pagado la deuda.
- No usar ni vender el objeto sin la autorización del deudor.
- Cuidar el objeto y responder ante su pérdida o deterioro.
No puedo pagar al acreedor
Como hemos comentado, en los contratos que se firman a la hora de adquirir un crédito aparecen muchas de las obligaciones y derechos del acreedor. En términos generales, si el deudor paga en los plazos acordados, no habrá ningún problema con el acreedor.
En cambio, si el deudor no paga de forma continuada, el acreedor ejercerá su derecho a cobro y empezará un juicio por el que reclamará el importe de las deudas. Para evitar que esto ocurra y te embarguen los bienes, la Ley de la Segunda Oportunidad te protege de esta situación.
La Ley de la Segunda Oportunidad ofrece la posibilidad a cualquier persona de declararse insolvente y renegociar las deudas con los diferentes acreedores. Esta Ley consta de dos fases principales: una primera fase donde se negocia con los acreedores para reducir las deudas, y una segunda fase donde se eliminan directamente las deudas de forma judicial.
Si tienes varias deudas que no puedes pagar y los acreedores te están exigiendo el pago, la Ley de la Segunda Oportunidad puede ayudarte. Funciona tanto para deudas públicas como privadas: Hacienda, Seguridad Social, bancos, hipotecas, tarjetas de crédito, etc.
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