Diferencia entre proveedor y acreedor

Habrás oído hablar de estos dos conceptos en la contabilidad de la empresa, pero ¿sabes cuál es la diferencia entre proveedor y acreedor? A continuación, te mostramos cual es el papel de cada uno dentro de una empresa.

¿Qué es un proveedor?

Un proveedor es toda aquella persona física o empresa que suministra a otra parte unos bienes o servicios determinados relacionados con la actividad de la empresa. A modo de ejemplo, en el caso de una empresa embotelladora, un proveedor sería aquel que proporciona las botellas, tapones, etiquetas, etc.

¿Qué es un acreedor?

Por otra parte, tenemos la figura del acreedor que, aunque es muy parecida a la del proveedor, existen diferencias significativas. El acreedor es aquel que proporciona un producto o servicios que no está relacionado directamente con la actividad de la empresa. Este puede ser tanto una persona física como una empresa. Siguiendo el ejemplo anterior, un acreedor para la empresa embotelladora podría ser la empresa que suministra electricidad, agua, etc.

¿Tienes deudas pendientes? Elimínalas por lo legal

    Contacta con nosotros de forma totalmente gratuita

    La Ley de la Segunda Oportunidad

    Una vez vistas la diferencia entre proveedor y acreedor, vemos la importancia de este último en la aplicación de la Ley de la Segunda Oportunidad. Dentro de la figura del acreedor se incluyen todas aquellas entidades de crédito que proporcionan préstamos y otro tipo de productos financieros, y con los que se establece una deuda a pagar. En este caso, el acreedor tiene el papel de prestamista, habiendo proporcionado una cantidad determinada de dinero al deudor, que debe pagar esa deuda en los plazos establecidos. Normalmente estos plazos suelen ser mensuales, pero pueden variar dependiendo en cada caso.

    Entre ambos entonces se establece una obligación de pago. Si no se cumpliera esta, y el deudor dejara de pagar sus cuotas, el acreedor podría iniciar un proceso de embargo para solicitar el pago de la deuda.

    ¿Qué pasa si no puedo pagar mis deudas con los acreedores?

    Desde el punto de vista del deudor, puede darse la situación de que no se puedan seguir pagando las cuotas con normalidad. Esto suele suceder con la pérdida de empleo o con proyectos empresariales fallidos y que dejan a la economía del deudor pendiendo de un hilo.

    Para hacer frente a esta situación, tanto particulares como autónomos y empresas endeudados pueden optar a la Ley de la Segunda Oportunidad. Esta herramienta brinda a todos ellos la capacidad de renegociar y reestructurar las deudas contraídas mediante la negociación con los bancos en la fase extrajudicial de pagos. El objetivo de esta es lograr unas cuotas totalmente asumibles teniendo en cuenta la situación económica actual del deudor. Para rebajar esta cantidad, se aplican una serie de quitas y esperas, con las que se puede cancelar hasta un 60% de la deuda. El resto de la deuda se paga en un máximo de 10 años, y puede hacerse de forma mensual, trimestral o anual.

    La Ley de la Segunda Oportunidad además contempla la cancelación del 100% las deudas a través del Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho. Para llegar a este punto, debes no haber llegado a ningún acuerdo en la fase anterior, y demostrar haber actuado con buena fe durante todo el proceso no haber realizado un alzamiento de bienes vendiendo ninguna propiedad y no haber contraído más deuda de la que tenías al iniciar el procedimiento.

    Abogados para tus Deudas negocia por ti

    Nuestro bufete de Abogados para tus Deudas dispone de más de 10 años de experiencia en derecho bancario, ley concursal y procesal. Nuestro conocimiento de la Ley la Segunda Oportunidad es total, y nos permite tener también un gran poder negociador con las entidades bancarias. Desde la creación de esta ley, hemos ayudado a muchas personas, autónomos y empresas a cancelar sus deudas con éxito.

    Nuestros abogados actuaran como interlocutores ante los acreedores, para defender tus intereses durante el procedimiento y logres con éxito el ajuste que necesitas en tus cuotas.

    Deja un comentario