¿Te has planteado acogerte a la Ley de la Segunda Oportunidad y no sabes que datos necesitas proporcionar para hacerlo?
En este artículo te explicamos cuál es el modelo de solicitud de la Ley de Segunda Oportunidad con el que puedes poner fin a tus deudas.
¿Qué es la Ley de la Segunda Oportunidad?
Antes que nada, debes saber que la Ley de la Segunda Oportunidad es una herramienta de auxilio para particulares, autónomos y empresas sobreendeudados que se encuentran en una situación de vulnerabilidad económica que imposibilita los pagos con normalidad de la deuda.
Con esta ley, se pretende rebajar la carga deudora en cada caso, permitiendo un nuevo acuerdo entre deudor y acreedor que esté adaptado a la situación actual. En caso de no llegar a ningún acuerdo, y siempre que se cumplan unos requisitos determinados se procederá a la cancelación de la deuda restante que no haya podido ser liquidada con el patrimonio de la entidad.
La ley de la Segunda Oportunidad aparece recogida en el BOE, estando regulada por la Ley 25/2015. La puedes consultar en este enlace.
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¿Cómo es el modelo de solicitud de la Ley de la Segunda Oportunidad?
El modelo de solicitud de la Ley de Segunda Oportunidad recopila la siguiente información de cada caso:
- Identificación del deudor, situación personal, familiar, laboral y profesional. En caso de que el deudor esté casado, debe declarar el régimen económico matrimonial, así como los bienes a nombre de ambos. En el caso de parejas de hecho, se deberá identificar a la pareja e indicar vínculos económicos entre ambos. También es necesario indicar si hay niños al cargo de la persona deudora, con la necesidad de prestarles alimento.
- Declarar que se cumplen los requisitos del artículo 231 de la Ley 22/2003, Concursal.
- Indicar si el estado de insolvencia es actual o inminente y los motivos que han llevado a este.
- Valoración del importe total de la deuda, así como de los bienes y derechos del patrimonio.
- Recopilación documentada de todos los bienes y derechos del deudor. Esta incluye ingresos previstos (salarios, rentas, etc.), bienes y derechos, cuentas bancarias con los importes depositados, capital mobiliario (acciones, participaciones, préstamos, seguros, etc.) y todas las propiedades inmobiliarias con el certificado de dominio y las cargas de estas.
- Listado de acreedores, y el impacto de cada uno en la totalidad de la deuda. En este se incluirá identificación, vía de contacto, cantidad de la deuda que le corresponde, fechas de vencimiento y amortizaciones. Deberá incluirse en este apartado todo crédito sometido a garantías reales, contratos vigentes, gastos previstos y empleados de la entidad.
Con esta información se iniciará el proceso, comenzando por la fase del acuerdo extrajudicial de pagos. En esta, deudor y acreedor, con la presencia de un mediador concursal, renegocian las nuevas condiciones de pago con el fin de llegar a una resolución.
En caso de no llegar a un acuerdo, se planteará aplicar el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho (BEPI).
¿Dónde presento esta solicitud de la Ley de la Segunda Oportunidad?
Si eres un particular, deberás acudir a un notario de tu localidad que se encargará de las gestiones pertinentes.
En caso de ser autónomo o empresa, puedes dirigirte al registrador mercantil de tu localidad, a la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la provincia, o a la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España.
¿Por qué debería acogerme a la Ley de la Segunda Oportunidad?
La Ley de la Segunda Oportunidad permite a particulares y empresas volver a respirar libre de deudas. Además dejarás de aparecer en la lista de morosidad de ASNEF, lo que supone poder pedir un crédito y abriendo la puerta a nuevos proyectos.