Préstamos preconcedidos y la Ley de la Segunda Oportunidad

Muchos nos habéis hecho muchas veces la siguiente pregunta: ¿qué pasa con los préstamos pre-concedidos y la Ley de la Segunda Oportunidad? ¿Puedo acogerme a esta ley si tengo este tipo de préstamos?

¿Qué es un contrato pre-concedido?

Los contratos pre-concedidos son aquellos en los que se vinculan a una entidad deudora y otra acreedora, y en los que el objeto del contrato son los préstamos pre-concedidos.

Es posible que a lo largo de vuestra vida hayáis tenido que solicitar por necesidad un préstamo pre-concedido, un tipo de crédito muy común que puede realizarse de forma ágil y sencilla por teléfono.

Este tipo de créditos se caracterizan por ser rápidos, sin apenas presentar ningún tipo de documentación y sin los trámites interminables de otros productos bancarios. Este tipo de contrato suele venir acompañado de un tipo de interés más elevado que las ofertas de préstamo tradicionales.

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    ¿Qué pasa con los préstamos pre-concedidos y la Ley de la Segunda Oportunidad?

    Este tipo de acuerdo no presenta ninguna limitación para acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad (BOE, 25/2015), ya que puede incluirse en la aquella deuda cancelable durante el proceso de exoneración.

    Además, toda deuda privilegiada como la pública también se puede exonerar cuando optas a la esta ley.

    La Ley de la Segunda Oportunidad

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