Si tienes deudas pendientes, debes saber que pueden ser de varios tipos. Es importante conocer esta clasificación para planificar la mejor estrategia dentro del proceso de Segunda Oportunidad.
A continuación, te contamos qué clasificación tienen las deudas y qué son los créditos ordinarios en particular.
Tipos de deuda
Las deudas se clasifican según el orden de cobro que tendrán en el proceso de Segunda Oportunidad. El orden de cobro es el siguiente:
- Crédito contra la masa.
- Crédito privilegiado.
- Crédito ordinario.
- Crédito subordinado.
En función del tipo de deuda que tengas, nuestros abogados diseñarán la estrategia adecuada para tener éxito en el proceso de Segunda Oportunidad. Porque no es lo mismo tener deudas con los bancos, que una hipoteca pendiente o deudas con la Seguridad Social. Cada caso es diferente y cada caso requiere de la atención personalizada que dedicamos en el despacho.
Si quieres saber qué tipo de deudas tienes, no dudes en llamar al 928 77 77 77 y te asesoraremos gratuitamente para resolver tus dudas, sin compromiso.
En Abogados para tus deudas llevamos años especializados en este proceso legal y tenemos cientos de casos de éxito a nuestras espaldas, ayudando a todas las personas que necesitan salir de la bancarrota.
Créditos ordinarios
Los créditos ordinarios son todos aquellos que no tienen un bien asociado como garantía, como ocurre con la mayor parte de deudas con bancos y entidades financieras. Las deudas que tienen un bien como garantía son los créditos privilegiados, como es el caso de las hipotecas y la financiación del vehículo.
Los principales créditos ordinarios son los siguientes:
- Tarjetas de crédito
- Préstamos personales
- Préstamos financieros online y microcréditos
- Préstamos preconcedidos
- Reunificaciones sin vivienda como garantía
- Deudas con proveedores
- Facturas
- Seguros
Si has dejado de pagar alguna de estas deudas y los intereses por demora las han hecho crecer, la parte proporcional de los intereses se considera crédito subordinado.
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¿Cómo afecta a la Ley de Segunda Oportunidad?
A la Ley de la Segunda Oportunidadpuedes acogerte con todo tipo de deudas, por lo que no es problema que tengas créditos ordinarios pendientes. Lo único que necesitas para acceder a esta ley es cumplir con los requisitos básicos que pide la normativa.
Lo bueno de los créditos ordinarios es que pueden eliminarse tanto en la primera fase del proceso como en la segunda. En función de las particularidades de tu caso y los objetivos que nos pongamos, buscaremos cerrar tu expediente en una fase u otra.
Si tienes una vivienda que quieres mantener, lo mejor será que lleguemos a un acuerdo en la fase extrajudicial con los titulares de los créditos ordinarios. De este modo, conseguiremos salvar la vivienda y eliminaremos una parte de tus créditos ordinarios y subordinados. Normalmente eliminamos alrededor del 50% de los créditos ordinarios y subordinados, pero la ley no pone límite y hemos cerrado acuerdos con porcentajes más altos.
Si no tienes una vivienda que salvar o hemos conseguido que el juez la considere inembargable, podremos pedir la eliminación de todos los créditos ordinarios y subordinados en la segunda fase judicial.
Te asesoramos gratuitamente
Si quieres saber qué tipo de deudas tienes y cómo podrías eliminarlas, llámanos al 928 77 77 77y te ayudaremos a encontrar la mejor solución legal. En Abogados para tus deudas estamos completamente especializados en la cancelación de deudas y llevamos años eliminando las deudas de todas aquellas personas que lo necesitan.
No dudes en ponerte en contacto con nosotros, te atenderemos gratuitamente y sin compromiso.