A menudo habrás oído hablar del proceso judicial de concurso de acreedores, pero ¿sabías que también existe el denominado preconcurso de acreedores? A continuación, te explicamos en qué consiste este y cómo afecta a las empresas.
¿Qué es un concurso de acreedores?
Un concurso de acreedores es un mecanismo judicial cuyo objetivo es satisfacer las deudas contraídas por un deudor insolvente que no puede seguir cumpliendo regularmente con sus obligaciones y los pagos correspondientes. Aunque es un procedimiento que suele asociarse a las empresas, pueden iniciarlo todas aquellas entidades físicas o jurídicas que estén en insolvencia actual o sea inminente.
¿Cómo se inicia un proceso de acreedores?
El proceso de un concurso de acreedores puede iniciarse de dos formas diferentes:
- Voluntario. El deudor detecta que no puede seguir realizando los pagos de sus deudas (o no podrá hacerlo próximamente) y decide iniciar el procedimiento.
- Forzoso. Suele darse en empresas con varios socios cuando uno de ellos decide iniciarlo debido a posibles discrepancias con la dirección administrativa de la empresa. También lo pueden iniciar los acreedores cuando no consiguen cobrar su deuda.
En cualquier caso, entre la documentación necesaria para comenzar este procedimiento están una memoria económica de la compañía, un inventario que incluya todos los bienes y derechos de la empresa y la lista de acreedores con las que existe la deuda.
¿Qué es un preconcurso de acreedores?
Tal como viene recogido en el artículo 5 de la Ley Concursal, entendemos como preconcurso de acreedores como una prórroga que la Ley concede a todas aquellas empresas que están cerca de iniciar un concurso de acreedores. El objetivo de este plazo de tiempo es ofrecer una última oportunidad de revertir la situación de insolvencia en la que se encuentran.
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¿Qué duración tiene esta fase?
Esta fase tiene una duración total de cuatro meses. De estos, tres es el plazo para conseguir llegar a un nuevo acuerdo con los acreedores. Si no se logra tal acuerdo, la empresa dispone de un mes más para presentar la solicitud de declaración del concurso ante el juzgado correspondiente.
¿Cuál es el objetivo de este proceso?
El objetivo de este plazo de tiempo es ofrecer a la compañía una última oportunidad para revertir la situación de insolvencia en la que se encuentra.
En cierta medida, se trata de un plazo de tiempo que permite la negociación entre deudor y acreedores. El resultado buscado en esta negociación es el de un nuevo acuerdo que se resuma en una propuesta anticipada de convenio. En este figurarán las nuevas condiciones de pago acordadas, con quitas y esperas aplicadas sobre la deuda en cuestión. Este acuerdo puede agilizar notablemente el concurso posterior.
Otro detalle importante acerca de esta fase es que el deudor puede evitar que se haga pública su situación de insolvencia. Esto permitirá mantener intacta la reputación de la compañía durante estos meses de negociación.
¿Quién gestiona la empresa durante la fase de preconcurso de acreedores?
El poder de gestión y administración de la empresa no se ve alterado durante esta etapa. De tal forma, no se produce ningún cambio en cuanto a la actividad de la empresa, sin intervenir un administrador concursal en ningún momento.
La Ley de la Segunda Oportunidad y las empresas insolventes
La Ley de la Segunda Oportunidad (BOE, 25/2015) es un mecanismo de ayuda totalmente compatible con las empresas insolventes. Desde su introducción en 2015, son muchas las compañías que se han acogido a esta ley, y han logrado cancelar sus deudas hasta el 100%.
Esta ley consta de dos etapas principales: fase extrajudicial de pagos y el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho.
En la primera de ellas, se realiza una negociación entre deudor y acreedores para que se reduzcan las cuotas a cuantías coherentes con la situación económica del deudor. Para ello, se aplican quitas y esperas que pueden reducir la deuda en un 50%.
En la segunda, se liquidan los bienes del deudor y si se finaliza en proceso por insuficiencia de masa, la deuda no satisfecha se elimina judicialmente en su totalidad.
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